Control técnico legal preventivo, al que deben someterse los edificios cada cierto tiempo (R.D. 8/2011 de 1 de julio y distintas ordenanzas municipales).

Revisión de los elementos que afectan a la seguridad del inmueble y a la de las personas que lo habitan: Cimentación y estructura; fachadas y medianeras; estanqueidad y cubiertas; instalaciones generales (fontanería y saneamiento); otros elementos que afecten a la seguridad, salubridad u ornato público.

Asesoramiento sobre gestión de subvenciones municipales.